El pago de deudas tributarias hasta 30.000 euros podrá aplazarse o fraccionarse sin aportar garantías.

El pago de deudas tributarias hasta 30.000 euros podrá aplazarse o fraccionarse sin aportar garantías.

El Boletín Oficial de Canarias del jueves 3 de marzo de 2016 publica la Orden de 24 de febrero de 2016,  por la que se fija la cuantía de las deudas para cuyo aplazamiento o fraccionamiento se dispensa de la constitución de garantías. A partir de la entrada en vigor de esta orden, el fraccionamiento y aplazamiento del pago de deudas tributarias hasta 30.000 euros quedarán exentos de aportar garantías para su concesión. Con ello se incrementa de forma sustantiva el importe exento, que hasta ahora estaba fijado en los 18.000 euros, con el objetivo…Read more