indiceLos principales ficheros de morosos son:

  • Asnef gestionado por Equifax Ibérica que proporciona a las entidades asociadas la información relativa a las deudas en pagos de personas físicas y jurídicas en áreas como productos financieros o telecomunicaciones. No existe importe mínimo para incluirte.  
  • Badexcug Gestionado por Experian Bureau de Crédito que proporciona información a las entidades asociadas sobre los impagos de personas físicas o jurídicas fundamentalmente en áreas como los productos financieros, los seguros o las telecomunicaciones. No existe importe mínimo para incluirte.
  • RAI o Registro de Aceptaciones Impagadas dedicado a los impagos de personas jurídicas se especializa en la gestión de datos de deudas de empresa (letras, pagarés, cheques), no permitiendo la posibilidad de aportaciones. Importe mínimo 300 euros.
  • Cirbe Central de Información de Riesgos del Banco de España, de carácter público, no se trata de un fichero de morosidad al uso sino de información crediticia. Importe mínimo 6000 euros.

3.    Si no soy deudor, ni existe causa por el que me deban incluir en estos ficheros ¿Se puede reclamar, y a quién, por constar indebidamente en un fichero de morosos? ¿Existe indemnización para estos casos? Tanto si has pagado y no se ha cancelado como si por error te han incluido tus datos en estos ficheros, provocando un daño o lesión en tus bienes o derechos tendrás derecho a ser indemnizado. Dependiendo según se trate de ficheros de titularidad pública o privada la acción se ejercitará de una u otra forma. Las sanciones por incluir de forma irregular en un fichero van desde los 900 hasta los 600.000 euros.

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4.    Si has abonado la deuda, y todavía sigues en la lista de morosos, ¿qué debo hacer para salir de la misma? ¿Cuánto tiempo dura la inscripción? Si has saldado la deuda, podrás ejercer tus derechos a efectos de que el responsable de los ficheros proceda a la cancelación de tus datos en el plazo de diez días. Si no recibes respuesta al mismo, podrás ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación.

Ahora bien, si no paga, permanecerá en la lista negra durante un máximo de seis años. Finalizado este plazo, vence la presencia en estos ficheros, pero no así la deuda que seguirá manteniéndose, debido a que tardan más en prescribir dependiendo del tipo del que se trate.

 

En definitiva si lo que uno desea es no estar incluido nunca dentro de un fichero de morosos lo único importante es siempre estar al corriente de sus pagos y no acumular deudas pero, si por desgracia, se encuentra en esa situación resultará aconsejable tener toda la información correspondiente y ya señalada, pudiendo consultarnos en el despacho de Abogados25 si tuvieren alguna duda.

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