<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>Comentarios para               ABOGADOS25 &amp; AFILCO</title>
	<atom:link href="https://www.abogados25.com/comments/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.abogados25.com</link>
	<description>Comprometidos con su bienestar legal</description>
	<lastBuildDate>Tue, 14 Jan 2020 09:51:32 +0000</lastBuildDate>
		<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
		<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=3.7.41</generator>
	<item>
		<title>Comentario en Herencia y Donaciones. Ampliación de la bonificación. por Abogados 25</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencia-y-donaciones-ampliacion-de-la-bonificacion/#comment-1014</link>
		<dc:creator><![CDATA[Abogados 25]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Jan 2020 09:51:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1752#comment-1014</guid>
		<description><![CDATA[Muy buenos días, en respuesta a su pregunta le señalamos que el 31 de diciembre de 2019, el BOC publicó la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, con vigencia a partir del 1 de enero de 2020. En ella, entre otros, se modifican aspectos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En líneas generales, se sustituye la bonificación del 99,9% por bonificaciones progresivas en la cuota tributaria. Dado que es una cuestión compleja, a efectos de ofrecerle un asesoramiento adecuado, le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenos días, en respuesta a su pregunta le señalamos que el 31 de diciembre de 2019, el BOC publicó la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, con vigencia a partir del 1 de enero de 2020. En ella, entre otros, se modifican aspectos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En líneas generales, se sustituye la bonificación del 99,9% por bonificaciones progresivas en la cuota tributaria. Dado que es una cuestión compleja, a efectos de ofrecerle un asesoramiento adecuado, le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencia y Donaciones. Ampliación de la bonificación. por FERMIN FRANCISCO SANCHEZ</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencia-y-donaciones-ampliacion-de-la-bonificacion/#comment-1012</link>
		<dc:creator><![CDATA[FERMIN FRANCISCO SANCHEZ]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Jan 2020 22:10:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1752#comment-1012</guid>
		<description><![CDATA[Buenos días. Quiero solicitar asesoría sobre la conveniencia o no de realizar una donación en vida, teniendo en cuenta que el actual Gobierno de Canarias tiene intención de eliminar la bonificación actual en el año 2020. Muchas gracias.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días. Quiero solicitar asesoría sobre la conveniencia o no de realizar una donación en vida, teniendo en cuenta que el actual Gobierno de Canarias tiene intención de eliminar la bonificación actual en el año 2020. Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Abogados 25</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-954</link>
		<dc:creator><![CDATA[Abogados 25]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Sep 2019 13:10:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-954</guid>
		<description><![CDATA[Muy buenos días.
En respuesta a su pregunta le señalamos que necesitamos conocer más datos a efectos de ofrecerle un servicio personalizado. Le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenos días.<br />
En respuesta a su pregunta le señalamos que necesitamos conocer más datos a efectos de ofrecerle un servicio personalizado. Le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Ricardo</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-948</link>
		<dc:creator><![CDATA[Ricardo]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Aug 2019 16:40:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-948</guid>
		<description><![CDATA[Hola, me gustaría saber si mi padre tenia propiedades en España al morir, ya que la familia de mi tía  valora mas el dinero que la familia. De ser así existe forma de reclamar legalmente algo usurpado hace mas de 25 años, en ese entonces quedamos huerfanos mis hermanos y yo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, me gustaría saber si mi padre tenia propiedades en España al morir, ya que la familia de mi tía  valora mas el dinero que la familia. De ser así existe forma de reclamar legalmente algo usurpado hace mas de 25 años, en ese entonces quedamos huerfanos mis hermanos y yo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Abogados 25</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-768</link>
		<dc:creator><![CDATA[Abogados 25]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Feb 2019 13:28:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-768</guid>
		<description><![CDATA[Muy buenos días,

En respuesta a su pregunta, entendemos que la misma se formula en condición de residente en territorio canario toda vez que cada Comunidad Autónoma tendrá sus reglas y normas en materia de Impuesto de Sucesiones y Donaciones(ISD). 
A este respecto le señalamos que por su condición familiar, se encontraría dentro del Grupo III, esto es, adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado y por ascendientes y descendientes por afinidad.
El año pasado, el ISD estaba bonificado para los grupos I y II en casos de herencia y donaciones. 
Para este año, la bonificación se ha ampliado al Grupo III solo para los casos de herencias, no así en los casos de donación que seguirá aplicándose, en principio, para los Grupos I y II. Por lo tanto, la donación que realice su tia no estará bonificada en el ISD. Por último, señalarle que publicaremos en breve un artículo sobre este último cambio en la normativa del ISD en Canarias por tuviera interés en consultarlo.
Reciba un cordial saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenos días,</p>
<p>En respuesta a su pregunta, entendemos que la misma se formula en condición de residente en territorio canario toda vez que cada Comunidad Autónoma tendrá sus reglas y normas en materia de Impuesto de Sucesiones y Donaciones(ISD).<br />
A este respecto le señalamos que por su condición familiar, se encontraría dentro del Grupo III, esto es, adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado y por ascendientes y descendientes por afinidad.<br />
El año pasado, el ISD estaba bonificado para los grupos I y II en casos de herencia y donaciones.<br />
Para este año, la bonificación se ha ampliado al Grupo III solo para los casos de herencias, no así en los casos de donación que seguirá aplicándose, en principio, para los Grupos I y II. Por lo tanto, la donación que realice su tia no estará bonificada en el ISD. Por último, señalarle que publicaremos en breve un artículo sobre este último cambio en la normativa del ISD en Canarias por tuviera interés en consultarlo.<br />
Reciba un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Nala</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-764</link>
		<dc:creator><![CDATA[Nala]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Feb 2019 08:21:44 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-764</guid>
		<description><![CDATA[Buenos días, mi tía me quiere donar un piso por valor 70.000€. Que importe tendría  que pagar por el Impuesto de Donaciones. ¿Está bonificado? Muchas gracias.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, mi tía me quiere donar un piso por valor 70.000€. Que importe tendría  que pagar por el Impuesto de Donaciones. ¿Está bonificado? Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Abogados 25</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-751</link>
		<dc:creator><![CDATA[Abogados 25]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Feb 2019 10:13:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-751</guid>
		<description><![CDATA[Muy buenos días.

A efectos de ofrecerle un servicio personalizado, le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buenos días.</p>
<p>A efectos de ofrecerle un servicio personalizado, le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Juan Carlos de la hoz mesa</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-748</link>
		<dc:creator><![CDATA[Juan Carlos de la hoz mesa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Feb 2019 11:04:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-748</guid>
		<description><![CDATA[Vivo en Canarias, mi pregunta es la siguiente: quiero donar la vivienda habitual a mi hija, conozco los impuestos que tengo que pagar en Canarias, pero me embarga una duda, tengo un bungalow en propiedad en el sur que quiero vender y posteriormente comprar la vivienda habitual para mi y mi mujer, ahí desconozco los impuestos que debo pagar y las ventajas que puedo tener al invertir ese dinero en la compra de la nueva vivienda habitual. Si es necesario me pasaría por su oficina. Muchas gracias saludos]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Vivo en Canarias, mi pregunta es la siguiente: quiero donar la vivienda habitual a mi hija, conozco los impuestos que tengo que pagar en Canarias, pero me embarga una duda, tengo un bungalow en propiedad en el sur que quiero vender y posteriormente comprar la vivienda habitual para mi y mi mujer, ahí desconozco los impuestos que debo pagar y las ventajas que puedo tener al invertir ese dinero en la compra de la nueva vivienda habitual. Si es necesario me pasaría por su oficina. Muchas gracias saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Abogados 25</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-666</link>
		<dc:creator><![CDATA[Abogados 25]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Nov 2018 10:44:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-666</guid>
		<description><![CDATA[Buenos días, 

En respuesta a su pregunta, a efectos de confeccionar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (plazo para presentarlo: 6 meses desde el fallecimiento de su madre), necesitaríamos revisar y conocer con más detalle su caso y resolver algunas cuestiones. Por ello, le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, </p>
<p>En respuesta a su pregunta, a efectos de confeccionar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (plazo para presentarlo: 6 meses desde el fallecimiento de su madre), necesitaríamos revisar y conocer con más detalle su caso y resolver algunas cuestiones. Por ello, le instamos a que se ponga en contacto con nosotros para fijar una cita previa. Le facilitamos nuestros datos de contacto: Abogados25. Calle León y Castillo 32- 1ºIzq. Tf:928 366 455. Muchas gracias. Reciba un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Herencias y Donaciones. Bonificación del Impuesto en Canarias. Requisitos y casos actuales. por Rosa</title>
		<link>https://www.abogados25.com/portfolio-item/herencias-y-donaciones-bonificacion-del-impuesto-en-canarias-requisitos-y-casos-actuales/#comment-665</link>
		<dc:creator><![CDATA[Rosa]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Nov 2018 20:10:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.abogados25.com/?post_type=portfolio&#038;p=1273#comment-665</guid>
		<description><![CDATA[Buenas noches, le escribo desde Gran Canaria, mi Madre falleció en Julio de este año, teníamos una cuenta corriente en una entidad bancanria a nombre de las dos, me dice dicha entidad que tengo que solicitar un impuesto de sucesiones y donaciones para poder quitar a mi madre de la cuenta y pasar todo el dinero a mí, soy la única heredera, cuanto me podría costar.

Muchas gracias,
Saludos]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches, le escribo desde Gran Canaria, mi Madre falleció en Julio de este año, teníamos una cuenta corriente en una entidad bancanria a nombre de las dos, me dice dicha entidad que tengo que solicitar un impuesto de sucesiones y donaciones para poder quitar a mi madre de la cuenta y pasar todo el dinero a mí, soy la única heredera, cuanto me podría costar.</p>
<p>Muchas gracias,<br />
Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
