Arranca la campaña de la renta 2013. Tras la publicación en el BOE de la Orden HAP/455/2014, de 20 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, hoy entra en vigor y ya disponemos del Modelo 100 de IRPF para el ejercicio 2013 y de su homólogo en el Impuesto sobre el Patrimonio.
 
En cuanto a las principales novedades reflejadas en el modelo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, podemos destacar las siguientes:

  • Reducción del rendimiento neto de la actividad económica. Los emprendedores o autónomos que iniciaron una actividad económica en 2013 podrán reducir el rendimiento neto declarado en estimación directa en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivo siguiente.
  • Se han realizado en el modelo, los cambios necesarios para distinguir entre las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con un año o menos de antelación y los adquiridos con más de un año o más de antelación a la fecha de transmisión.
  • Se han introducido los campos necesarios para consignar las contribuciones empresariales a seguros colectivos de dependencia.
·         Por lo que respecta a las deducciones en la cuota íntegra:
  • Se recoge la nueva deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, y se realizan los cambios necesarios para la aplicación de las cantidades pendientes de la deducción por obras de mejora en la vivienda, ya que esta deducción ha sido de aplicación hasta 31 de diciembre de 2012 y en el ejercicio 2013 sólo pueden aplicarse las cantidades pendientes de deducción por exceso sobre la base máxima de deducción. En el Anexo A.1, debido a la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, a partir de 1 de enero de 2013, se prevé la aplicación del régimen transitorio para las adquisiciones, construcciones, rehabilitaciones o ampliaciones o para las obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad satisfechas antes de 1 de enero de 2013. También se introduce un nuevo apartado, “Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación” como consecuencia de la nueva deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  • En cuanto a las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial, en el Anexo A.3 del modelo de declaración se realiza la adaptación de las deducciones del régimen general previstas en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades a los cambios aprobados en 2013 y la actualización de la normativa relativa a los regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público que en el ejercicio 2013 dan derecho a tales deducciones. Por último, en los Anexos B.1, B.2, B.3 y B.4., relativos a las deducciones autonómicas, se han efectuado las necesarias modificaciones en el modelo de declaración para recoger las vigentes para el ejercicio 2013.

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