Los empresarios y profesionales que se hayan acogido a esta medida pueden renunciar a ella hasta el próximo 30 de junio.
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su última reunión un decreto que establece, de forma excepcional, la posibilidad de que las pymes y autónomos de Canarias que se hayan acogido durante el pasado mes de enero al régimen especial del criterio de caja del IGIC puedan renunciar a esta medida antes del próximo 30 de junio.
Esta renuncia, que tendrá efectos para un periodo mínimo de tres años, deberá efectuarse mediante una comunicación a la Administración Tributaria Canaria a través de la correspondiente declaración censal de modificación.
El Gobierno de Canarias, conforme a la nueva normativa estatal, ofreció a las empresas la opción de pagar el IGIC después de cobrar las facturas (criterio de caja) en vez de al momento de su emisión (criterio de devengo) como método de ingresar el impuesto a partir del 1 de enero de 2014.
Desde esa fecha, empresarios y profesionales que se habían acogido de forma voluntaria a esa medida pueden ahora reconsiderar su decisión, renunciar a ella y volver al sistema anterior.

Fuente: Presidencia del Gobierno de Canarias

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