En este y en próximos artículos procederemos a explicar, de manera resumida, cuales son los pasos que usted como arrendador o usted, como inquilino, debe dar si quiere iniciar un procedimiento de desahucio o bien quiere evitarlo.

Son muchas las causas por las que un arrendador puede decidir que un inquilino no continúe viviendo en su vivienda, siendo la más común y sobre la que vamos a incidir en este artículo, la falta de pago de la renta.

El acuerdo amistoso. Burofax o requerimiento notarial.

Una vez que tenemos un impago por parte del arrendatario lo primero a realizar siempre es intentar llegar a una solución amistosa, manifestándole al inquilino el impago y señalándole la necesidad de que normalice su situación.

Si verbalmente no conseguimos que se proceda al pago de las rentas debidas deberemos interponer un burofax o un acta de requerimiento notarial:

-El burofax: se trata de una comunicación fehaciente que se realiza a través de correos. La redacción del burofax siempre se aconseja que sea realizada por un profesional como es el abogado y en ella nos dirigiremos al inquilino requiriéndole para que proceda abono de las mensualidades que debiere y al desalojo de la vivienda en su caso, dándole un plazo prudencial para ello y advirtiéndole de que se procederá a interponer demanda judicial en el caso de que el pago no se llevara a efecto.

El burofax deberá realizarse siempre con certificado de contenido y acuse de recibo ya que gracias a esto último podremos saber si el inquilino ha recibido la comunicación y en qué fecha. Igualmente incidir en la sugerencia de que el burofax sea redactado y firmado por un abogado toda vez que el mismo se realizara con los conocimientos técnicos y legales necesarios y tendrá un mayor poder persuasivo.

-El requerimiento Notarial: Al igual que el burofax se trata de un requerimiento pero esta vez realizado por un Notario, el cual se personará en la casa del inquilino para la entrega del mismo. Se trata de un medio de comunicación más caro que el burofax pero su poder “intimidante” es mayor toda vez que la presencia del notario evoca una mayor autoridad y necesidad de proceder al abono de las rentas impagadas. En cuanto a su contenido, básicamente será el mismo que el contenido en burofax.

Hasta aquí los primeros pasos a dar para proceder al recobro de las rentas debidas y al desalojo de la vivienda. En el próximo artículo hablaremos de un tema interesante, la enervación del desahucio.

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