Las familLogo_de_la_Agencia_Tributariaias numerosas y contribuyentes con personas con discapacidad a cargo pueden pedir ya la devolución anticipada mes a mes del IRPF. Las deducciones son de 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad.

La Agencia Tributaria ha comenzado ya a enviar cartas informativas a los beneficiarios potenciales, en las que recoge los requisitos y procedimiento para la percepción mensual de estos impuestos negativos.

Requisitos.

Los contribuyentes con descendientes o ascendientes con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo correspondiente por descendientes o ascendientes, o que formen parte de una familia numerosa, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas hasta en 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad o por formar parte de una familia numerosa.

En caso de familias numerosas de categoría especial, esta deducción se incrementará en un 100 por ciento.

Supuestos:

  • Familia numerosa: 1.200 euros anuales; 2.400 si es familia de categoría especial.
  • Descendientes con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.
  • Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.

 

Plazo de presentación.

Solicitud: Desde que se opta por la modalidad de abono anticipado.

Variaciones: Obligación de comunicarlas en el plazo de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se hubiera producido la variación o incumplimiento de los requisitos.

¿Quién puede presentar la solicitud?

La solicitud podrá presentarse de forma individual, por cada contribuyente con derecho a las deducciones o de forma colectiva, por todos los contribuyentes que pudieran tener derecho a la deducción respecto de un mismo ascendiente, descendiente o familia numerosa.

La opción por la forma de presentación de la solicitud se hará en el momento de su presentación no pudiendo modificar la modalidad de solicitud durante el ejercicio. Sólo se podrá modificar la modalidad de solicitud cada mes de enero.

A través del Modelo 143 se efectuará la solicitud de la Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Solicitud de abono Anticipado.

¿Quién puede realizar la presentación electrónica?

Quien tenga derecho a la deducción, sus representantes o colaboradores sociales.

Presentación Telemática.

Se hará la presentación electrónica a través de la Sede electrónica de laAEAT. Con DNI e, certificado digital o Cl@ve PIN por cada solicitante.

Presentación Telefónica.

Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal deAdministración Tributaria 901 200 345, aportando casilla 415 del IRPF 2013.

Presentación el papel impreso de la Agencia Tributaria.

En Registro de cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

 

Podrán presentarse a partir del 7 de enero de 2015.

Si es en papel impreso de la AEAT. Desde el 3 de febrero de 2015.

Si se generó el derecho en enero de 2015, podrán presentarse hasta el 28 de febrero de 2015.

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